Causa “Folch” comienza sin participación de organismos de DDHH
Dos miembros de un grupo de tareas policial que operó durante la última dictadura, ya condenados por delitos de lesa humanidad, irán a juicio desde este lunes en Rosario por los secuestros y torturas a cuatro personas cuyo papel como víctimas es puesto en duda por sobrevivientes de la represión ilegal.
Incluso una de esas personas fue juzgada en otra causa y absuelta en otra causa en la que se le imputaban delitos de lesa humanidad cometidos contra sus antiguos compañeros de militancia.
El juicio de la denominada «Causa Folch» que se inicia este lunes en el Tribunal Oral Federal 2 de Rosario -integrado por los jueces Jorge Gallino, Mateo Basaniche y Cinthia Gómez- será el primer proceso oral y público por violaciones a los derechos humanos que se llevará a cabo en Santa Fe sin la participación de los organismos de derechos humanos.
Referentes de la Agrupación HIJOS Rosario y de la delegación local de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) aclararon a Télam que no querellarán ni acompañarán el proceso.
El TOF 2 analizará los casos de secuestros y aplicación de tormentos padecidos por Ricardo Miguel Chomicki y su exesposa Nilda Folch, y la pareja que conformaron José «Pollo» Baravalle y Graciela «Porota» Porta, quienes poseen un pasado como militantes del peronismo revolucionario.
Los cuatro son considerados por varios sobrevivientes como activos «colaboradores» de la represión ilegal en el centro clandestino que funcionó en el Servicio de Informaciones (SI) de la Policía de Rosario, el que se albergó al mayor número de detenidos-desaparecidos de Santa Fe.
Varios testimonios brindados en sede judicial por sobrevivientes del SI ubican a ambas parejas participando de las torturas y los secuestros de sus antiguos compañeros de militancia.
«Fueron señalados por Feced como colaboradores en la declaración que Agustín Feced (exgendarme y jefe de la policía de Santa Fe en Rosario durante la dictadura militar) dio ante en Consejo Supremo de la Fuerzas Armadas en 1984 de que los conocía y que eran mantenidos en las oficinas del SI», señaló en diálogo con Télam el diputado provincial Carlos Del Frade, autor del libro «El Rosario de Galtieri y Feced», en el cual se enumera la historia de estas cuatro personas.
En esa declaración, Feced (fallecido en 1986) afirmó que a Folch «le tenía afecto» porque se parecía a su hija mayor, y contó que cuando no los necesitó más les gestionó la libertad con el Comando del II Cuerpo de Ejército.
El represor contó incluso que actuó como padrino del casamiento de ambos, y que les proveyó documentos falsos, haciéndoles cambiar también «el aspecto exterior».
Chomicki, incluso, fue sometido a juicio entre 2010 y 2012 en el proceso oral conocido como «Feced I» –que juzgó los delitos de lesa humanidad cometidos en el SI entre 1976 y 1979- como presunto autor de 19 casos de privaciones ilegítimas de la libertad y cinco tormentos.
En ese proceso fueron condenados a prisión perpetua el exjefe del II Cuerpo de Ejército, Ramón Díaz Bessone, y el ex comisario José Rubén «El Ciego» Lo Fiego.
Además se sentenció a penas de 25, 12 y 10 años los expolicías Mario «El Cura» Marcote, Ramón Vergara y Carlos Scorteccini, respectivamente, en tanto que Chomicki resultó absuelto.
En ese juicio, las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y de HIJOS desistieron de la acusación a Chomicki.
Y la Fiscalía –que señalaba que había cometidos delitos pero «bajo estado de necesidad»- tampoco lo acusó, al entender que había ingresado al centro clandestino en condición de «víctima» del terrorismo de Estado.
La APDH, en cambio, mantuvo la acusación al sostener que no se trataba de un militante «quebrado» en la tortura sino de «un infiltrado» en las organizaciones revolucionarias.
«En ese momento, y a raíz de las declaraciones de víctimas, entendimos que Chomicki, quien estaba siendo juzgado, era en realidad un infiltrado en la organización y no un compañero, como sostenían otros», indicó a Télam la titular de la APDH de Rosario, Norma Ríos.
Recordó que cuando se produjo aquella discusión sobre el papel cumplido por Chomicki en aquellos tiempos de la represión ilegal «nos acusaban de querer que los juzgara por haber hablado bajo la tortura», y aclaró: «Eso no es así, nunca va a ser así, jamás plantearíamos algo de ese nivel».
Fuentes judiciales dijeron a esta agencia que en el juicio Feced I «no se acreditó» que Chomicki fuera un infiltrado y recordaron que, tras la absolución, el Tribunal ordenó que se instruyera una causa en la cual se los considerara a él, a su exesposa Folch, a Baravalle y a Porta como víctimas de la represión ilegal.
Esa investigación es la que llega este lunes a juicio y tiene como acusados a dos miembros del grupo de tareas que operó en el SI, los expolicías Julio Héctor Fermoselle y Mario Marcote.
Voceros del caso indicaron que también estuvieron imputados Lo Fiego y Carlos «Caramelo» Altamirano, quienes fallecieron durante la instrucción del caso.
Una de las víctimas es el «Pollo» Baravalle, que se suicidó en 2008 en Italia cuando personal de Interpol lo había cercado, mientras pesaba sobre él una orden de captura para ser acusado como cómplice de la patota del SI en el juicio «Feced I».
A ese proceso oral y público tampoco asistió Folch, quien al momento de comenzar el debate se encontraba prófuga.
Al apelar la absolución de Chomicki, integrantes del equipo legal de la APDH le señalaron a Télam que «no hay un solo testimonio, uno solo, que acredite ni su detención, ni sus alegados tormentos».
Sin embargo, para el TOF2, en el juicio de Feced I surgió que Chomicki «fue privado de su libertad a fines de noviembre de 1976, en condición de desaparecido hasta el 15 de febrero de 1977 y luego puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) hasta el 12 o 13 de junio de 1977».
La sentencia señaló que fue «innegable también la condición en que se encontraba actuando el implicado, esto es, sujeto al control total y discrecional de sus secuestradores».
Además, «no se ha probado en autos la participación de Chomicki como integrante del aparato estatal
que ejerció una autoridad dictatorial durante la época en que se sucedieron los hechos aquí investigados».
Fuente: Télam