Ahora se puede abonar una deuda judicial a través de la web
La Dirección General de Rentas (DGR) recuerda a los contribuyentes que posean deudas en instancia judicial que puede abonarla a través de su página web: www.sanjuandgr.gob.ar
Descargue el instructivo adjunto para mayores detalles del procedimiento.
Asimismo, tener en cuenta que:
- Si paga en 1 cuota: a través de la opción «Impresión de Boletas – Deuda Vencida Judicial». NO necesita clave CUR. El sistema emitirá una boleta que incluya deuda, intereses, gastos causídicos y honorarios.
- Si paga en cuotas: opción «Planes de Financiación – Plan de Pago Permanente» debiendo obtener previamente su clave CUR vía web. En el plan de financiación se incluirá deuda e intereses. Los gastos causídicos y honorarios se abonarán en la cuota 1. Para acceder a este plan, el contribuyente debe ser el titular registral.
- Si usted NO es titular registral y posee deuda en instancia judicial, puede abonarla en una cuota sin necesidad de generar Clave CUR.