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Una forma de saqueo

Inversiones extranjeras amparadas en una legislación neoliberal

Por Guillermo Alamino

Las Ley de Inversiones Extranjeras fue creada durante la última dictadura militar. Su contenido favorece a las empresas foráneas en desmedro de los intereses nacionales.

La exorbitante fuga de capitales tiene una de sus causas en la flexibilidad de la Ley de Inversiones Extranjera vigente, la cual fue decretada durante la última dictadura militar, modificada por Menem y mantenida por los gobiernos sucesores (Alianza, kirchnerismo y Macri). Una mentada “lluvia de inversiones” bajo el paraguas de esa norma, no es más que una forma de encubrir la continua salida de nuestras riquezas y el atraso del desarrollo nacional.

“Los inversores extranjeros podrán transferir al exterior las utilidades líquidas y realizadas provenientes de sus inversiones, así como repatriar su inversión”, expresa el artículo 5° de la ley N° 21.382 o Inversiones Extranjeras. De esta manera, las compañías pueden girar sus ganancias sin ningún tipo de límites y en cualquier momento.

Desde diciembre del 2015 hasta el 2017, la remisión de dólares vía fuga de capitales por el turismo, y el giro de utilidades y dividendos alcanzaron 46.305 millones de dólares, según la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo. A partir de 1978 hasta el año 2011 el envío de divisas sumó unos 174.000 millones de dólares, resalta el diario Página 12. Esos capitales, producto de la fuerza de trabajo nacional, fluyen hacia el exterior sin recapitalizarse y forjar la expansión de nuestra industria y el trabajo.

La permisividad del andamiaje legal no obliga a las compañías a reinvertir sus utilidades y otorga los mismos beneficios a capitales nacionales que a los extranjeros. Además, les posibilita acceder al crédito interno  “con los mismos derechos y en las mismas condiciones que las empresas locales de capital nacional” (artículo 6°). Trata como personas jurídicas independientes a las casas matrices y sus sucursales.

Contrariamente, la Ley de Radicaciones Extranjeras, sancionada en 1973 y anterior a la actual Ley de Inversiones Extranjeras, imponía algunas condiciones al inversionista. “Establecía que las inversiones debían instrumentarse mediante contratos de radicación, que quedaban sujetos a aprobación, según los casos, del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo. Se establecían requisitos relacionados con el desarrollo de zonas geográficas específicas, la mejor utilización de los recursos naturales y humanos, la mejora de las condiciones de vida de la población, y ponía límites a la contaminación ambiental”, manifiesta el Centro de Estudios Económicos y Monitoreo de las Políticas Públicas dependiente de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.

El giro de utilidades podía ejecutarse luego de haber transcurrido cinco años de la firma del contrato de radicación y prohibía hacerlo por un monto superior al 20%.

Por otro lado, es necesario destacar  la protección brindada a los inversores extranjeros desde la firma de los Tratados Bilaterales de Inversión en los años 90. Gracias a esos convenios, el Estado argentino delegó su soberanía jurídica a los tribunales internacionales de justicia, como el CIADI que falla constantemente a favor de las corporaciones litigantes. Argentina es el país más demandado en el mundo ante esa corte. De este modo, el diario español El País  sostiene que: “El CIADI es un tribunal que se demora su tiempo, pero en general falla a favor de las empresas (44% de los casos, frente a 31% a favor de los Estados)”. Se trata de un instrumento usado por las multinacionales para condicionar a los Estados.

Depender del arribo de capitales del exterior como fuente de progreso es un error en el que los argentinos tenemos una vasta experiencia. El capital foráneo viene hacer negocios y generar ganancias, que sólo persistirán si existen regulaciones eficaces y que protejan la estructura económica y áreas fundamentales de nuestra nación como puertos, recursos naturales, comunicaciones y  servicios públicos, cuyos dueños actualmente son privados y en gran parte del capital extranjero.

Publicado en Debates