Lo siento, no hay encuestas disponibles en este momento.

Qué empresas pueden inscribirse en los créditos para pago de salarios que se habilitaron hoy

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde este miércoles 7 de octubre y hasta el 19 de este mes el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre del programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) La decisión quedó plasmada en la Resolución General 4831/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

aviso_235849

Esta línea de créditos a tasa subsidiada ofrece asistencia para el pago de salarios a aquellos empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto último registraron una variación en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado. Podrán acceder a los créditos con tasa subsidiada las empresas que en agosto hayan facturado 0 a 40% más que en igual mes del año anterior.

En setiembre último, alrededor de 1,3 millón de trabajadores que se desempeñan en más de 124.000 empresas accedieron al Salario Complementario.

Los fondos serán depositados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en las cuentas bancarias de los beneficiarios a partir de mañana 8 de octubre, tal como indicó ayer la AFIP en un comunicado oficial. Aquellas empresas que quieran tramitar un crédito a tasa subsidiada deben iniciar el procedimiento a través del sitio web del organismo, pero se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada. La AFIP señaló que las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive.

«Créditos para la compra de computadoras para docentes universitarios«

Por otra parte, el organismo destacó que las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de tres meses para comenzar a pagarlos, de modo que el reembolso se realizará recién a partir del cuarto mes. Además, el pago se hará en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Tal como indicó el ente recaudador nacional, la tasa de interés será fija del 15% para todos los casos. Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y que cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep).

FUENTE

FUENTE: EL PERFIL