Lo siento, no hay encuestas disponibles en este momento.

Condenan a empresarios rurales por asociación ilícita fiscal

El Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba condenó con penas de hasta siete años de prisión a un grupo de empresarios rurales por haber integrado una asociación ilícita fiscal. Aunque el perjuicio para el Estado es millonario, el delito que se juzgó no es la evasión sino la maniobra de reunión de personas para favorecerla.

Así, con esas condenas, los jueces hicieron lugar de manera parcial a las penas solicitadas por el titular de la Fiscalía General N°2, Carlos Gonella, y el auxiliar fiscal Facundo Trotta, que en su alegato del pasado 13 de agosto habían pedido ocho años de prisión para el líder de la organización.

Durante el juicio se acusó a Atilio Omar Mengo, propietario de FLG Agropecuaria S.A., Soybeans S.A., Cereales y Pasturas S.R.L. y Oro Verde S.A; a sus hijas, Luisina y Francina Mengo; y a sus empleados Sergio Bertoni y Sebastián Barreiro, que ocupaban la presidencia de alguna de las empresas, «de beneficiarse de un modo fraudulento y/o permitir un beneficio fiscal ilícito a través de la utilización de personas carenciadas ajenas a la actividad agropecuaria a través de documentación apócrifa».

En su alegato, Gonella y Trotta describieron que la maniobra se desarrolló en torno a la comercialización de cereales, con documentación y personas simuladas cuyos movimientos fueron registrados y declarados fiscalmente para encubrir operaciones de compra-venta marginal de granos.

Se determinó que una vez realizada la maniobra, se liquidaban las operaciones a través de cheques cobrados en el sistema financiero y bursátil.

Las maniobras datan de 2007. Según explicó Gonella a La Nación, Mengo compraba el cereal “en negro” a productores y, después, “reclutaba” a personas que convertía en monotributistas agropecuarios y a nombre de ellos eran los pagos de las exportadoras a las que le vendía el cereal.

Con esta maniobra, «llegó a reclutar a 650 monotributistas en diez provincias; les hacía el trámite y les ofrecía $150 o algún tipo de asistencia social. De esa manera les hacían firmar documentación en blanco para la comercialización de granos”, describió Gonella.

Los fiscales afirmaron además, que en 2007, otra acusada, María Pía Cardoso, por entonces titular del área de Saneamiento Urbano de la Municipalidad de Río Cuarto, a través de otros tres imputados (Agüero, Giles y Moyano), era quien reclutaba personas de bajos recursos a fin de inscribirlas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos como monotributistas.

Las empresas del grupo Mengo mediaban en la compra y venta de granos y hacían figurar falsamente a estas personas como proveedoras-vendedoras de cereal; por lo cual se conformaba un circuito marginal de su comercialización mediante la emisión de documentación apócrifa a nombre de esas personas, y el circuito se cerraba mediante el libramiento de cheques a nombre de ellas mismas por parte de Francina y Luisina Mengo, Barreiro y Bertoni.

El último eslabón de esta maniobra se daba a partir de la liquidación de esos cheques, para lo cual Atilio Mengo utilizaba los servicios de Eduardo, Diego y Gabriel Meta, Fabián Petiti y Gabriel Ludueña, a través de la firma Gordon SA.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, por unanimidad, los jueces Julián Falcucci, Jaime Díaz Gravier y la jueza Carolina Prado, hicieron lugar de manera parcial al respetar las figuras pero no las penas solicitadas por el MPF, y condenaron a Atilio Mengo a siete años al considerarlo jefe de una asociación ilícita tributaria.

En tanto, para Sebastián Barreiro y Francina y Luisina Mengo, se dictaron penas de cuatro años de prisión por el mismo delito en calidad de coautores.

También fueron condenados como partícipes necesarios Eduardo Meta, Leonardo Petiti y Gabriel Ludueña, con penas de cuatro años y dos meses; cuatro años; y tres años y ocho meses de prisión, respectivamente.

Mientras que Vanesa Moyano, Hugo Aguero y Claudio Giles también considerados partícipes necesarios, recibieron tres años de prisión en suspenso; María Pía Cardoso, tres años y 8 meses, un año menos de lo que había pedido la Fiscalía; y por último, en función del pedido de los fiscales, se resolvió la absolución de Diego y Gabriel Meta.

FUENTE

FUENTE: BAE NEGOCIOS