La «Ley Garrote» en Tabasco vulnera la libertad de expresión: ONU
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) calificó de «preocupantes» las modificaciones a la ley en Tabasco en lo referente a la «Ley Garrote».
En una carta firmada por tres relatores especiales y dirigida al Estado mexicano, la ONU expresó su preocupación por la reforma que castiga hasta con 20 años de prisión a quien impida la ejecución de obras públicas o realice bloqueos en las calles.
La misiva critica las modificaciones al Código Penal del estado, en los artículos 196, 299 y 308 Bis, y le pide al gobierno de Tabasco que se ciña a los compromisos internacionales concernientes a la garantía de los derechos humanos. Los relatores de la ONU señalaron que la nueva ley es muy general, por lo que puede fomentar la criminalización de la protesta social.
Con las nuevas reformas, el artículo 196 Bis establece que cualquier persona que carezca de facultad legal e «impida o trate de impedir por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras privadas» recibirá una pena que va de seis a trece años de prisión, y una multa de 1.000 a 2.000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La condena se aplicará también a quien «obstruya el acceso de personal o de maquinaria» en las obras públicas, según específica el artículo 299.
El artículo 308 impone una pena de ocho años de cárcel y una multa de 80 a 200 veces el valor de la UMA a quien obstruya, interrumpa o dificulte el servicio público de comunicación a través de la obstaculización de alguna vía local de comunicación.
David Kaye, Clement Nyaletsossi Voule y Michel Forst firmaron la carta, en la cual se dijeron preocupados por el corto tiempo que se tuvo para analizar las reformas a la ley y que le impidió a la sociedad civil y expertos internacionales analizarla.
«Entendemos que el objetivo principal es reducir la corrupción y la criminalidad (…) sin embargo, nos preocupa el efecto que dicha reforma tendrá en el disfrute de los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica», señalan en la carta.
Ante ello, le pidieron al gobierno «reconsiderar si el uso del derecho penal es un medio adecuado para lograr dicho objetivo, tomando en cuenta que tiene como consecuencia la prohibición y criminalización de las protestas sociales», se lee en la carta.
De acuerdo con los relatores de la ONU, las modificaciones tendrán consecuencias explicitas en la restricción de la libertad de expresión y de reunión. Por ello, deberían diseñarse otros mecanismos «para equilibrar la interferencia con el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica».
«La intervención penal utilizada es excesiva en sus consecuencias y en su limitación al disfrute de derechos humanos (…) situación que genera inquietud que el alcance de la legislación pueda ser muy amplio».
Agregaron además que, «el uso de la sanción penal para regular la protesta social de una manera tan general, y con sanciones que pueden alcanzar hasta los 20 años de encarcelamiento es excesivo». Por ello, le piden al gobierno de Tabasco cumplir el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el cual señala que cualquier gobierno tiene la obligación de adoptar leyes para hacer efectivos los derechos reconocidos.
Los relatores pidieron al gobierno de Tabasco que brinde información sobre las medidas tomadas por su gobierno, a fin de verificar que la nueva legislación cumple con los estándares internacionales de los derechos humanos. Asimismo, solicitan iniciar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o que al menos fijen un mecanismo para garantizar el cumplimiento de los derechos humanos.
El 1 de agosto entró en vigor la «Ley Garrote». La iniciativa enviada por el gobernador Adán Augusto López Hernández, (muy cercano al presidente Andrés Manuel López Obrador) en la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el estado de Tabasco, fue aprobada por el Congreso local el pasado 29 de julio, con 24 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones. La ley fue publicada el 31 de julio en el Diario Oficial del estado, por lo que se hizo oficial su entrada en vigor.
El pasado, 30 de julio y este 1 de agosto, durante su conferencia en Palacio Nacional, el presidente Andrés Manuel López Obrador avaló la ley al justificar que ya «se estaba abusando» y era necesario poner orden.
«Yo pienso que se estaba abusando, había extorsiones, corrupción y era necesario poner orden. Creo que ese fue el motivo principal de esa legislación… desde luego hay que proteger los derechos de los ciudadanos, no puede afectarse el derecho a disentir, el derecho a la manifestación, a la libertad en general.. hay que ver eso…. pero yo tengo el informe de que no se afectan derechos humanos y no se limitan las libertades de los ciudadanos, ese es el informe que tengo».
(Fuente: Infobae)