La AFIP presenta las declaraciones de Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera
La concentración de vencimientos y de pago de impuestos en junio, con la incorporación en el último año del tributo Cedular, como se define a la Renta Financiera, llevó al organismo recaudador que encabeza Leandro Cuccioli a prorrogar los vencimientos de pagos y de las declaraciones juradas anuales.
Ganancias y Bienes Personales: la presentación de las DDJJ se prorroga una semana desde la fecha máxima original, entre el 18 y el 21 de junio, según los números de terminación del CUIT del contribuyente. Se mantiene la obligación de pago el primer día hábil posterior al de la entrega de la declaración anual, este año entre el 19 y el 24 junio, para el ejercicio fiscal cerrado el 31 de diciembre último.
«La presentación de las DDJJ de Ganancias y Bienes Personales se prorroga una semana desde la fecha máxima original, entre el 18 y el 21 de junio»
Para los CUIT terminados entre 0 y 3, inclusive, la fecha de presentación de la DDJJ se extendió del 11 de junio al 18; y el día de pago, el primer día hábil posterior; para el tramo de 4 a 6, inclusive, pasó del 12 al 19 de junio; y para el resto, los contribuyentes con identificación finalizada entre 7 y 9, se prorrogó del 14 al 21 de junio, y el pago el día siguiente.
– Renta Financiera: en este caso la AFIP anunció en conferencia de prensa en la que participó Infobae que la DDJJ se prorroga un mes, hasta el 19 de julio próximo, pero no se modifica la fecha original máxima de pago que se fijó entre el 21 y el 26 de junio, según la terminación del CUIT, «para no afectar el presupuesto de recaudación».
Aclararon en el organismo: «Para los casos de las rentas anuales inferiores a $200.000 por operaciones financieras, en el país o en el exterior», se mantiene la facilidad de hacer la declaración y pago a través del Volante Electrónico de Pago (VEP).
Y si bien en «nuestra parte» la AFIP informa a cada ciudadano lo que el organismo sabe de él, se destacó: «No es un dato excluyente, porque la responsabilidad de la presentación y de la declaración del Impuesto a pagar, es por ley obligación del contribuyente».
La decisión de prorrogar sólo la presentación de la DDJJ y no de la fecha del impuesto que quedó fija entre el 21 y el 25 de junio, según los números de terminación del CUIT, se justificó en que las dificultades estarían en la presentación del detalle y documentación de la renta generada, y no tanto en el monto a liquidar».
(Fuente: Infobae)