Los cambios en la AFI: intervención por dos años y Silvestre Sívori al frente del organismo
El Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento de Silvestre Sívori al frente de la Agencia Federal de Inteligencia, y dispuso además la intervención del organismo por dos años, un plazo que podría prorrogarse por un período similar, según se determinó en normas que fueron publicadas en el Boletín Oficial.
Por medio del Decreto 24, se nombra a Sívori como interventor que «tendrá las facultades de gobierno y administración de la AFI establecidas en las Leyes 25.520 y 27.126 y demás normativa complementaria», en un texto legal que lleva las firmas del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Nicolás Posse.
En tanto, a través del Decreto 22 se dispuso la intervención de la AFI, «organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Presidencia de la Nación, por el plazo de dos años o hasta que cesen los motivos que dieron lugar a la intervención», y se aclara que dicho «período podrá ser prorrogado por el Interventor por hasta otro igual».
En los fundamentos de la norma se recuerda que «organismo continuó intervenido durante cuatro años, amparado en la necesidad de concluir con los procesos de transparencia de la administración y del manejo de los fondos públicos y profundizar la institucionalización de los mecanismos de colaboración y cooperación con distintos organismos del Sector Público Nacional, hasta el 10 de diciembre de 2023, en virtud de lo establecido por el Decreto 654/22″.
También se sostiene «las intervenciones tienen por finalidad hacer cesar las causas que la motivaron, garantizando el fiel cumplimiento de los objetivos y fines atribuidos al ente por la ley de su creación, hasta su normalización institucional, sin embargo la intervención de la AFI implicó un notorio retroceso institucional en detrimento de los objetivos planteados por la Ley de Inteligencia Nacional 25.520».
Además se afirma en los fundamentos que «resulta imperioso reestructurar el Sistema de Inteligencia del Estado, generando un funcionamiento coordinado entre los diversos actores, dirigido sobre las actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia con el objetivo de proteger la soberanía nacional y preservar el orden constitucional, y que, además, formulan apreciaciones de inteligencia útiles para la consecución de los objetivos nacionales».
El Decreto determina además que el interventor designado deberá «Elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción de la AFI, ajustando su labor a las tareas de inteligencia y contrainteligencia previstas en la Ley 25.520»
Sívori deberá además «elaborar una propuesta de reformulación del Sistema de Inteligencia, el cual deberá ser puesto a consideración del Ejecutivo y reestructurar la Escuela Nacional de Inteligencia, adecuándola a los objetivos primarios establecidos».
Entre sus atribuciones, el interventor podrá «pasar a disponibilidad al personal que estime conveniente en función de los incisos anteriores, y disponer la jubilación extraordinaria de aquellos agentes que, sin perjuicio de su edad, hayan reunido los requisitos para obtener la jubilación voluntaria, y no sean necesarios sus servicios. A tal efecto, el haber jubilatorio se calculará sobre el total del haber percibido en el último mes de trabajo».
Además tendrá facultades para «revisar la administración de fondos reservados y de compras y contrataciones, y revisar, coordinar y centralizar la información generada y almacenada en las Bases de Datos de los organismos que componen el Sistema de Inteligencia Nacional».