Titulares de Anses de zonas frías pagarán la tarifa de gas con rebajas de hasta un 50%: quiénes se beneficiarán
La Cámara de Diputados aprobó este jueves el proyecto de ley que reduce las tarifas de gas en las zonas frías de diferentes provincias y que beneficiará a más de 3 millones de usuarios, entre ellos, titulares de asignaciones que se cobran por Anses.
Se trata de una reducción de entre el 30% y el 50% en el servicio de gas en lugares con temperaturas bajas. En la Patagonia ya se aplica este subsidio y se renovará, mientras que se sumarán localidades de otras provincias.
Para el conjunto de beneficiarios que son titulares de la Asignación Universal por Hijo ( AUH), Asignación por Embarazo (AUE), Pensiones no Contributivas (PNC) de Anses, así como también monotributistas sociales, entre otros, la rebaja será del 50%.
¿Qué lugares se suman a las denominadas Zonas Frías?
- Toda la provincia de Mendoza
Algunas localidades de:
- Buenos Aires
- Córdoba
- Santa Fe
- San Juan
- San Luis
- Salta
- Catamarca
- Jujuy
- La Rioja
¿Quiénes se benefician con el 50% de reducción en la tarifa de gas?
- Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE)
- Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
- Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social
- Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles
- Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en tres veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
- Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo
- Electrodependientes, beneficiarios de la Ley Nº 27.351
- Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad
- Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844)
- Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza
- Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
Además, se rebajará la tarifa para entidades de bien público sin fines de lucro y con criterios de elegibilidad a asociaciones civiles y comedores comunitarios.
FUENTE: BAE NEGOCIOS