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Reparación: qué es RENNYA, la ayuda de $20.571, y cómo solicitarla

La titular de Anses, Fernada Raverta, junto al secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Gabriel Lerner firmaron un convenio para que ambos organismos crucen datos con el fin de incluir a todos los niños y adolescentes en las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Durante el acto, Raverta destacó el desafío de continuar la búsqueda de chicas y chicos que aún no tienen acceso efectivo a la seguridad social y expresó: “Somos parte de una gesta que pretende trabajar en conjunto, con la inteligencia común y el deseo de asociar estos dos organismos tan importantes en una tarea que sentimos central en este contexto histórico en el que las chicas y los chicos de la Argentina atraviesan una situación muy compleja”, dijo.

Yy agregó: “Sabemos que seis de cada diez son pobres y esta situación nos interpela porque tenemos el desafío enorme de mejorar la vida de las familias y porque si no lo hacemos, si no garantizamos infancias con dignidad, condenamos a nuestro país al peor de los mundos”.

Por su parte, Lerner destacó que este convenio fortalece las articulaciones para generar procesos más ágiles y claros. “Venimos desarrollando varias acciones en conjunto con Anses, una de ellas gira en torno a Adenda 63, junto a los Centros de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social. En la Argentina existen formas de familiaridad diversas y muchos niños y niñas no viven con sus progenitores, están al cuidado de otras personas. Este instrumento permite que pase a ser titular en la percepción de la AUH quien efectivamente les está cuidando” puntualizó el secretario.

A su vez, destacó la necesidad de mejorar el acceso a la AUH de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales y para ello incluir al Programa de Acompañamiento al Egreso (PAE) en los acuerdos con Anses, seguir acompañando a quienes perdieron a sus madres o padres a causa de violencia por motivos de género a través de la Reparación económica para las niñas, niños y adolescentes (RENNYA), intensificar el intercambio de información que robustezca al Registro Nacional de Protección de Niños y Niñas y sostener otras acciones en territorio que están garantizando derechos a las infancias.

Qué es RENNYA

Es una reparación económica mensual para hijos/as de víctimas de violencia de género o intrafamiliar. La cobrará directamente el hijo/a entre los 18 y hasta los 21 años, o bien la persona adulta responsable que quede a cargo del:

hijo/a menor de edad

o con discapacidad sin límite de edad, en caso de requerirlo.

Quiénes pueden cobrarlo: hijos/as en los casos que

a) El padre/madre o progenitor/a afín (pareja de padre/madre) haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género, siendo ésta determinada por la autoridad judicial.

b) La persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme.

c) Se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor/a.

RENNYA: requisitos

Ser menor de 21 años y sin límite de edad para los/as hijos/as o hijos/as afín con discapacidad al momento en que se produce el hecho.

Ser argentino/a o residente con una residencia ininterrumpida mínima de dos años.

El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.

Documentación a presentar

Del hecho

Partida/certificado de defunción, testimonio o sentencia/resolución de presunción de fallecimiento.

Copia del auto procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, de acuerdo al Código Procesal Penal de cada provincia, donde figuren todos los datos de la causa por disposición del Tribunal Penal interviniente, por haber participado del delito de femicidio/homicidio. En caso de fallecimiento/suicidio del/de la autor/a del femicidio/homicidio, resolución o archivo de culminación del proceso que tenga la extinción de la acción penal.

Del hijo/a o hijastro/a

DNI.

En caso de residentes/extranjeros/as, documentación que acredite la residencia mínima por dos años.

Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo con la madre/padre.

En el caso de personas con discapacidad, Certificado Único de Discapacidad vigente.

En el caso de que el fallecimiento sea del/de la progenitor/a afín, el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad podrá solicitar con posterioridad de iniciado el trámite, un certificado originado o emitido por el juzgado interviniente u organismo local de niñez que acredite domicilio real de los hijos/as afín de la víctima del hecho.

Del representante

DNI.

Testimonio o copia de la sentencia o del Certificado de Guarda/Tutela/Apoyo con representación o Adopción/ Curatela expedido por autoridad judicial.

En caso de guardas administrativas expedidas por el Organismo Provincial de Niñez, sentencia de homologación judicial.

Formularios

Descargar los tres formularios desde:  https://www.anses.gob.ar/sites/default/files/formulario/2019-11/Formularios%20Ley%2027452%20nov19.pdf

Formulario 1 – Listado de documentación. Será completado por el agente de ANSES el día del turno.

Formulario 2 – Solicitud de Ley 27.452. Deben completarse los cuatro rubros y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.

Formulario 3 – Acta de compromiso sobre la utilización de fondos con carácter de Declaración Jurada Ley 27.452. Deben completarse todos los espacios y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.

Importante: Presentar los tres formularios por cada hijo/a o hijo/a afín ya que la reparación económica es individual

REYNNA: ¿Cuál es el monto de la prestación?

Corresponde el monto de una jubilación mínima que se actualiza por ley de movilidad. Actualmente se ubica en 20.571 pesos.

Si el hecho es anterior a la fecha 26 de julio de 2018 de promulgación de la Ley 27.452, se percibirá a partir de la sanción de la Ley.

Si el delito ocurrió con posterioridad a la fecha de la sanción de la Ley se percibirá a partir del hecho.

Compatibilidades

La reparación económica es compatible con el cobro de:

Asignación Universal por Hijo ( AUH)

Asignación Familiar, pensiones

Regímenes alimentarios.

Es incompatible con otros beneficios otorgados por el Estado nacional, provincial o municipal que tengan carácter reparatorio por el mismo hecho. En tal caso, se deberá optar por uno de ellos.

Cómo realizar el trámite

Si tenés dudas sobre cómo iniciar el trámite o conocés a alguna persona que necesite iniciarlo, podés comunicarte al (011) 4015-1165

Por correo electrónico a infanciasygeneros@anses.gov.ar. Esta modalidad se mantendrá mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Si ya lo iniciaste y querés consultar su estado, ingresá a https://tramitesadistancia.gob.ar (con tu DNI y el N° de trámite que figura en el DNI), o comunicate a la línea 144.

Código QR con novedades de Anses

A través del código QR los usuarios podrán tomar una fotografía a la siguiente imágen y conocer las últimas novedades sobre prestaciones y cobros del organismo previsional:

FUENTE

FUENTE: BAE NEGOCIOS