Ya no habrá voto anticipado en la Argentina
El Gobierno decidió derogar tres decretos reglamentarios que el expresidente Mauricio Macri firmó en 2019 para permitir el voto anticipado del personal del comando electoral y de los argentinos procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva, y un tercero que habilitaba el voto postal para argentinos residentes en el exterior. «En Argentina no están contemplados el voto anticipado y postal”, aseguró Patricia García Blanco, secretaria de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior y agregó que “cualquier modificación que pretenda cambiar el sistema de votación deberá pasar por el Congreso».
«Hemos propulsado la derogación de esos decretos para volver al sistema anterior y que se vote de la forma que se votó siempre. Todos deben votar el mismo día que se realizan las elecciones primarias y luego las generales», aseguraron desde la cartera. Además, expresaron que el calendario electoral sigue vigente y sin modificaciones, por lo cual las elecciones primarias se llevarían a cabo en agosto y las generales en octubre de este año.
Los decretos en cuestión son los 54 y 55, del 14 de enero de 2019, en los que el macrismo permitía a los electores subordinados al comando general electoral y a los argentinos procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva a emitir el sufragio entre siete y doce días antes de las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, y entre siete y doce días antes de las elecciones generales. Ambas normativas que modificaban la ley 24007 serán derogadas por un decreto presidencial que hoy se publicaría en el Boletín Oficial. Otro decreto que, se estima, saldrá en los próximos días, derogará el decreto 45 que también fue publicado el 14 de enero de 2019 y permitía el voto por correo de los argentinos residentes en el exterior.
Los decretos 54 y 55 nunca llegaron a aplicarse ya que, por ser una modalidad que no estaba aceptada por las normas electorales vigentes, distintos partidos políticos, entre ellos Unidad Ciudadana y el Frente Renovador –ambos parte del Frente de Todos que aún no existía– realizaron presentaciones judiciales. Por eso su aplicación fue suspendida con el decreto 233 y nunca fueron instrumentados.
El 45, sin embargo, sí se llegó a implementar. El macrismo había impulsado esta modificación en enero del 2019 partiendo de la hipótesis de que el voto de los argentinos que vivían en el exterior los favorecería. En abril de ese año la jueza María Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de la medida que fue blanco de las críticas de los partidos políticos, por violar la Constitución. Así, finalmente, no se implementó entonces en las PASO.
Sin embargo, el 27 de junio un fallo de la Cámara Nacional Electoral revocó parcialmente la resolución de Servini: planteó que la única condición era que quienes querían votar por correo debían anotarse con anticipación. De este modo, en las elecciones generales de 2019 votaron unas 8300 personas por correo, de un universo total de votantes en el exterior de 360 mil –otras 12 mil lo hicieron en el consulado más cercano a su lugar de residencia, como se hacía hasta el momento y como se volverá a hacer ahora–.
Distintos partidos siguieron reclamando y por ello la queja fue elevada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La semana pasada la procuradora de la Corte se expresó y pronunció que el voto anticipado era «incompatible con los criterios fijados por normas de jerarquía superior que regulan la materia electoral», en resumidas cuentas, por tratarse de un voto «no presencial». Concluyendo que, tal como fija la ley, es materia del Congreso de la Nación aprobar esos cambios, de acuerdo a mayorías especiales.
FUENTE: Página 12