Condena internacional por la detención seguida de muerte de un activista afrodescendiente en 1996
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino por la detención seguida de muerte del activista afrodescendiente uruguayo José Delfín Acosta Martínez, perpetrada en 1996 por la Policía Federal. El 5 de abril de ese año, a la salida de un boliche porteño, Acosta Martínez fue detenido arbitrariamente y trasladado a la Comisaría 5ª, donde falleció bajo custodia policial. Aunque el cuerpo presentaba señales de golpes y torturas, la Justicia dijo que el hombre había muerto por una sobredosis y con lesiones autoinflingidas. Veinte días después, la causa se archivó y recién fue reabierta en 2019. Ahora, la Corte determinó que la muerte no fue «accidental ni fortuita» y que los efectivos «actuaron movidos por un perfil racial”.
«Es un fallo muy importante, reconoce los hechos negados durante 24 años y fija pautas para la nueva investigación», indicó a Myriam Carsen, abogada del hermano de la víctima. En el fallo, la Corte insta al Estado a continuar con las investigaciones de una causa que fue reabierta en marzo de 2019, cuatro años después de que la Procuraduría de Violencia Institucional presentara un informe que aseguraba que el activista sufrió «numerosas lesiones que no corresponden con patrones habituales de autolesionismo y algunas de ellas son producto claro de accionar policial”.
En marzo de este año la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación ya había asumido ante la Corte la responsabilidad del Estado ante los hechos. «Ese reconocimiento permitió avanzar, pero somos cautelosos. La causa sigue en el mismo juzgado encubridor, aunque haya cambiado el juez no hay ninguna garantía. Nosotros vamos por más imputaciones, hubo encubrimiento desde el Cuerpo Médico Forense hasta el fiscal«, sostuvo ahora Carsen.
En la madrugada del 5 de abril de 1996, dos patrulleros se hicieron presentes a la salida del boliche Maluco Beleza. Allí, los agentes dijeron haber recibido una denuncia que indicaba que había una persona armada. Según la abogada, «la calle estaba llena, se había cortado la luz y sacaron a todos a la calle, pero solo se llevaron a tres afrodescendientes. Le apuntaron con un arma a un ciudadano brasilero, el hermano lo defendió y José Delfín también, los llevaron a los tres».
A pesar de comprobar que ninguno portaba armas, los efectivos trasladaron a los hombres a la Comisaría 5ª tras dictar un edicto de ebriedad. En el fallo, la Corte sostiene que al usar «una normativa tan amplia» como estos edictos «se encubrió la utilización de un perfil racial«, lo que pone de manifiesto «la arbitrariedad de su privación de libertad». «El fallo profundiza sobre el perfil racial como método de detención arbitraria, habla del racismo como problema estructural y vigente en el país», detalló Carsen. En este sentido, la Corte dispuso que Argentina debe incluir «capacitaciones sobre el carácter discriminatorio que tienen los estereotipos de raza, color, nacionalidad u origen étnico» en cursos de formación de la Policía Federal y de la Ciudad.
FUENTE: Página 12