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ATP de septiembre: Anses confirmó cuándo empieza a depositarse el resto del sueldo

La Anses confirmó este viernes que el próximo martes 15 de septiembre estará disponible el primer pago del ATP 5, del mes de septiembre, correspondiente al pago de los salarios de agosto.

«La Anses informa que el martes 15 de septiembre estará disponible el primer pago correspondiente al mensual de agosto del programa Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)», informó oficialmente el organismo previsional en la tarde del viernes.

Por el momento, Anses no informó la fecha en que cobrarán quienes queden afuera de la primera tanda.

El ATP provee una asignación compensatoria al salario para todos los trabajadores en relación de dependencia de empresas del sector privado que cumplan con los requisitos para contar con los beneficios.

La Anses precisó que en la quinta tanda del programa son «128.704 las empresas beneficiadas y 1.316.132 los trabajadores alcanzados» y que «de este modo, el Estado Nacional realizará una inversión total de $25.504.561.883,11 para dar alivio económico a las compañías y empleados afectados directamente por la caída de la actividad debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19».

Consultar fecha de cobro ATP septiembre
Desde el sitio de Anses se podrá consultar la fecha de cobro del resto del sueldo aportado por el Estado. Tal como sucedio en las ediciones anteriores, el monto se deposita después del día 10 de cada mes.

Teniendo en cuenta que la inscripción estará abierta hasta el 3 de septiembre, luego de esa fecha se podrá consultar cuándo estará disponible el resto del sueldo.

Ingresar a https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/
Ingresar número de CUIL del trabajador
Anses informará si el trabajador está registrado en el programa o no. En caso de que no esté, aconseja consultar con el empleador. En caso de que esté, informará la fecha de cobro si la misma ya fue determinada por el organismo.

Cómo consultar si la empresa fue aprobada para el pago del ATP
De acuerdo al texto oficial, los empleadores deberán ingresar a “Sistema Registral”
Allí seleccionar «opción consulta»
Luego «datos registrales», para finalmente dirigirse a «caracterizaciones».
En la misma línea, los solicitantes pueden chequear por medio del sitio web «Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, los siguientes datos:

Conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible, que resultará de la sumatoria de aquellos que correspondan a cada trabajador que integre su nómina;
Indicar una dirección de correo electrónico;
Seleccionar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
Este paso permitirá identificar -entre otros datos- el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) y la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de cada trabajador, registrada en “Simplificación Registral”, a fin de efectivizar la acreditación del monto del crédito que otorgue la respectiva entidad bancaria.

Características del ATP 5
La empresa que tome el préstamo, al momento de pagar su primera cuota dentro de tres meses, tendrá una bonificación si mantiene la plantilla de empleados del mismo mes de 2019, y una bonificación mayor si la aumenta.

De este modo, el ATP 5 consta de cuatro versiones diferentes:

Pago del 50% del salario: Los trabajadores y trabajadores de aquellas empresas que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario.
Créditos a tasa subsidiada: Destinados a todas las empresas con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019–puedan convertirse en subsidios siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo.
Crédito a tasa subsidiada convertido en subsidio: Para las empresas que se encuentren con caídas no tan severas en la facturación real, se creará un crédito a tasa subsidiada del 15%, y podrá ser convertido en un subsidio si las firmas mantienen o mejoran su dotación de empleo respecto a la prepandemia.
Crédito a Tasa Subsidiada del 15%: Las firmas cuya facturación nominal muestre en julio una variación interanual positiva entre 0% y 40% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 15%
Caracteristicas de los Créditos
Tasa de 0%, para las empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que en junio de año pasado.
Tasa del 7,5%, si la facturación se incrementó entre 11% y 20%;
Tasa del 15%, si la empresa vendió entre 21% y 30% más que el año pasado.
Según anunció el Gobierno el mes pasado, aquellas firmas que cumplían con estos parámetros estaban habilitadas para solicitar el crédito, que podía ser tomado en forma total o parcial. Su destino obligado es el pago de los salarios.

Como cargar el CBU o CUIL de un empleado
En caso de que el trabajador no cuente con una CBU validada en “Simplificación Registral”, el empleador deberá informar en la entidad financiera una CBU donde el trabajador sea titular o cotitular de la cuenta o, en su defecto, tramitar una. Igual procedimiento se aplicará en caso que la CBU verificada en este Organismo no resulte válida al momento de concretar el crédito en la entidad financiera.

IMPORTANTE: Será requisito para acceder al sistema mencionado en el artículo anterior, poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

FUENTE

FUENTE: BAE NEGOCIOS