Multas a grandes cadenas comerciales por incumplimiento en plazos y condiciones de entrega de ventas on line
Debido a las restricciones impuestas por el aislamiento social obligatorio, las ventas presenciales quedaron suspendidas y las grandes cadenas debieron manejarse únicamente a través de sus tiendas online. No obstante, muchos de los consumidores denunciaron serias irregularidades con la entrega de su pedido e incluso, en algunos casos particulares, engaños por parte de reconocidos comercios.
Esta semana la Subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores (SSADC), dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, decidió multar a seis reconocidas cadenas que se encuentran en prácticamente todo el país. Musimundo, Falabella y los supermercados Jumbo, Vea, Disco y Coto fueron los sancionados.
Entre las irregularidades detectadas y denunciadas por los compradores se encuentra el incumplimiento con las fechas pactadas para la entrega de los productos, como también la operación sin previo aviso o información al consumidor. Además, gran parte de los usuarios que sufrieron estos inconvenientes aseguraron que, tras repactar las fechas de envío, se volvieron a incumplir las entregas teniendo que ir los mismos consumidores a retirar los productos en sucursal.
Desde Defensa al Consumidor denunciaron también la supuesta información engañosa brindada para justificar las demoras. En este sentido, explicaron que gran parte de los consumidores habría recibido avisos en la web que advertían que debido a las restricciones de circulación podían sufrir demoras en las entregas, siendo que dichas empresas poseen autorización para circular y realizar las entregas a domicilio.
En este sentido, recordaron que en ningún caso pueden sufrir demoras tales que lleven a reprogramar la entrega para otro día, siendo que son las mismas empresas quienes establecen los plazos y formas de distribución, siendo que el consumidor solo se limita a elegir entre las opciones informadas. Cabe recordar que la Ley de Defensa al Consumidor establece que, de informar un plazo de entrega cierto, es una obligación incluso en cuarentena cumplirlo, siendo que las leyendas o cláusulas que adviertan sobre posibles incumplimientos son abusivas y no están permitidas.
«En el marco de la emergencia sanitaria y el aislamiento social preventivo y obligatorio, estas conductas colocan a las y los consumidores en situaciones de mayor vulnerabilidad y los deja a merced de plazos de entrega indefinidos. Además, inducen a error a los consumidores acerca de cuáles son sus derechos y, por ende, pretenden desalentar los reclamos para que ellos puedan ejercerlo», aseguraron desde el Ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado.