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El gobierno de la provincia busca prohibir la protesta social

El día 6 de noviembre del corriente año el ministro de desarrollo Humano de la provincia Armando Sánchez convoco a distintos movimientos sociales a una reunión que contó ademas con la presencia de Luis Rueda el subsecretario unidad gobernación. El ministro notifico a los movimientos sociales que por pedido del gobernador de la provincia Sergio Uñac a partir de que finalizara esa reunión no se podrían realizar más movilizaciones en la provincia que implicaran cortes de calle ya que si esto sucedía a los manifestantes se los detendría y se les aplicaría el procedimiento de flagrancia.

Participantes de la reunión manifestaron que el ministro estaba muy cerrado en su postura y repetía “no quiero más cortes de calle” “al que corte la calle le aplicaremos flagrancia” “esto es un pedido del gobernador” “a cualquier organización o sindicato que realice una manifestación sea por el tema que sea, ayuda social, vivienda o el reclamo que sea se le aplicara flagrancia y además se les dejará de brindar la asistencia que les brindan los ministerios”.

El repudio a estas declaraciones que después repitió el ministro en diferentes medios de comunicación no se hizo esperar. Movimientos sociales, sindicales, de derechos humanos partidos políticos y asociaciones de abogados exigen al gobernador de la provincia que se expida y aclare este tema.

A su vez especialistas en el derecho penal alertan que el corte de calle no puede ser juzgado por la ley de flagrancia por lo que deducen según lo que expreso el ministro que habría intenciones de preparar provocaciones a través de las fuerzas de seguridad para aplicar flagrancia a los manifestantes por otro tipo de delito como resistencia a la autoridad, que de hecho se aplicó este año a un grupo de estudiantes que se solidarizaban con un reclamo por vivienda.

Por otro lado, sindicatos, centrales de trabajadores movimientos sociales y partidos políticos preparan una movilización para el día 14 de noviembre día en el que se trata en la cámara de senadores de la nación el presupuesto 2019, para rechazar el presupuesto y además se manifestaran contra la aplicación de la flagrancia a las movilizaciones sociales y populares, la cita será a la 9hs en la plaza 25 de mayo.

A continuación, reproducimos algunos comunicados de rechazo a esta medida:

Comunicado número 1:

Desde el Movimiento de Desocupados de la Corriente Clasista y Combativa de San Juan queremos informar que ante el comunicado anunciando la Jornada Nacional en la provincia, el Ministro de Desarrollo Humano convocó esta tarde a una reunión de Organizaciones Sociales para expresar que a partir del día de la fecha todos los cortes de calle, marchas y diversas actividades públicas de carácter social serán penadas con la aplicación del procedimiento de flagrancia que rige en la provincia. Informó que dicha reglamentación se ejerce desde hoy al mediodía por pedido del Sr Gobernador Sergio Uñac. Cómo así también, que, ante movilizaciones hacia cualquier ministerio o repartición, estás, será interpretadas como un cese de diálogo y acuerdos.

Consideramos que esta medida anunciada pone en riesgo la democracia y atenta contra el libre derecho de peticionar ante las autoridades de todos los ciudadanos. En momentos difíciles tanto sociales, económico como políticos es una medida que resulta insensible a las necesidades de todo un pueblo. Y demuestra, además, como veníamos diciendo, que este ajuste propuesto el gobierno nacional y avalado por las provincias que aprobaron el presupuesto, no pasa sin represión

Por tal motivo convocamos a las demás organizaciones sociales y políticas de la provincia a tratar este grave atentado hacia la democracia, la libre expresión y las medidas a seguir.

 

Vanesa Valle

Desocupados

 

Raúl Furlan

Jubilados

 

Federico Suero

Coordinador Provincial

 

CORRIENTE CLASISTA COMBATIVA.

Comunicado numero 2

COMUNICADO DE PRENSA:

 

Las organizaciones abajo firmantes queremos expresar que ante los dichos expresados por el Ministro Armando Sánchez, titular del Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia, en la reunión que se realizo el día martes 6 de noviembre del 2018, donde menciono “que a las organizaciones sociales que corten calles se le aplicara el procedimiento de flagrancia” y en algunos medios de comunicación:“los convocamos sobre todo para tener más dialogo y de 20 invitados, alrededor 4 prestaron desacuerdo con esta medida y con lo que charlamos. Pero cortar la calle es infringir la ley, nadie los trata de delincuentes».

 

Teniendo en cuenta el derecho a la protesta que nos asiste ante el ataque en los derechos sociales y conseguidos tras muchos años de lucha, derechos reconocidos constitucionalmente y por tratados internacionales en el que nuestro país es parte.

 

Como así, los dichos de que se aplicaría el procedimiento de flagrancia, en los casos de cortes de calles, cuando nosotros ejercemos nuestro derecho de protesta justamente en las calles, en el sentido de que nos manifestamos porque hay una o varias necesidades insatisfechas o derechos violados. Es así que se agrava, porque un Ministro se entromete en la división de poderes, donde en todo caso la justicia decidirá bajo procedimientos legales, que sistema aplicar.

 

Por lo tanto solicitamos al Gobernador de la Provincia Sergio Uñac, que se expida o aclare sobre estos dichos.

 

ORGANIZACIONES FIRMANTES.

 

Multisectorial 21F,

CTA de los trabajadores, CTA Autónoma, CAMIONEROS, La Bancaria, SATSAID, SADOP, ADICUS, CCC, FUSJ, SITRAIC.

Comunicado numero 3

COMUNICADO DE PRENSA

 

RECHAZO A LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA

 

EN SAN JUAN

 

Desde nuestra organización “JURISTAS POR LOS DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE GÉNERO”, reafirmando nuestra postura crítica respecto de la ley provincial de procedimiento de flagrancia, nos expresamos ante la denuncia realizada por diversas organizaciones sociales según las cuales el Ministro de Desarrollo Humano de la provincia, Sr. Armando Sánchez, expresara ayer que hay órdenes del Sr. Gobernador de “aplicar el procedimiento de flagrancia” a todos aquellos que corten calles, realicen marchas y diversas actividades de protesta, diciendo lo siguiente:

 

En primer lugar como juristas, profesionales del derecho y ciudadanos nos preocupa la injerencia de un Poder sobre otro. De ninguna manera el Poder Ejecutivo puede ordenar al Poder Judicial la forma de llevar adelante su labor ni las conductas que debe o no considerar delito. Tal proceder violaría groseramente el principio de división de poderes consagrado en nuestro sistema republicano.

 

En segundo lugar, y en relación a la decisión del Ejecutivo Provincial de aplicar el procedimiento de flagrancia a las manifestaciones (tal como lo habría expresado el Ministro) sostenemos lo siguiente: el procedimiento abreviado de Flagrancia establecido por la ley provincial 1465-O rige para los delitos que tienen una pena máxima en la escala penal de 20 años de prisión o reclusión o concurso de delitos que no supere dicho monto de pena. Sin embargo, este procedimiento no se aplica a los delitos que son competencia de los juzgados correccionales, es decir aquellos que tienen penas menores a 3 años. Por lo tanto, el delito establecido en el art. 194 del Código Penal (corte de calle) cuya pena máxima no supera los dos años de prisión, ESCAPA A LA COMPETENCIA DEL JUZGADO DE FLAGRANCIA. Por ende, si el Ministro Sánchez quisiera ver hecho realidad su deseo de aplicar flagrancia a las protestas públicas, no sólo debería interferir en la esfera del Poder Judicial, sino que además debería imputar a los manifestantes otro delito suceptible de ser juzgado con el procedimiento de flagrancia, cómo por ejemplo la comisión de daño a los bienes públicos. ¿Sabe el Ministro que en manifestaciones futuras se cometerán éstos delitos y que procederá la aplicación del proceso de flagrancia? La convicción de aplicar el proceso de flagrancia a manifestaciones nos llevan a dos posibles escenarios, ambos preocupantes: la imputación de delitos que no son inherentes a la protesta, forzando la aplicación de flagrancia, o la pretendida intencionalidad de modificar la ley 1465-O e incluir el Art. 194 del Código Penal.

 

Es importante destacar que el Derecho a la Protesta como conjugación del Derecho a Peticionar a las autoridades y el Derecho a expresarse se encuentra protegido por el Art. 14 de nuestra Constitución Nacional, y por la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos (ambos tratados con Jerarquía constitucional). Tanto nuestra Constitución, como dichos Tratados, cuentan con mayor jerarquía que la orden emanada por parte de un Ministro o de un Gobernador.

 

Vemos con suma preocupación la aplicación del proceso de flagrancia ante el ejercicio Constitucional de un derecho humano como lo es “el derecho a la protesta” y cómo lo son los innumerables derechos sociales que constituyen el reclamo de fondo en las protestas, considerando que la ley 1465 –O debiera modificarse excluyendo el proceso de flagrancia ante tal situación, tal como ocurre con la llamada “ley anti terrorista” 26.734 que en su Art. 3 incorporado al Art. 41 quinquies establece que “Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional.”

 

Aprovechamos el presente comunicado para recordar que el dictado de órdenes contrarias a la constitución nacional, atribuyéndose facultades que son competencia de otro Poder del Estado podría encuadrar en el art. 248 del Código Penal.

 

Exigimos que el gobernador de explicaciones inmediatamente, garantice la seguridad de todos los manifestantes, asegure el derecho a la protesta y no abandone las negociaciones con los movimientos populares, sindicatos y todo ciudadano en San Juan que pretenda manifestarse.

 

Por último, instamos al Sr. Gobernador a que rectifique los dichos emitidos por el Ministro Sánchez y tome las medidas necesarias con dicho Funcionario.

 

En un sistema constitucional y político como el nuestro, en donde la ciudadanía se expresa en épocas de comicios, quedando marginada por escasos o nulos mecanismos de participación directa (consultas e iniciativas populares, revocatoria de mandatos etc.), el “derecho a la protesta” cobra gran significación, siendo la única forma de ser visibilizados ante un sistema económico que cada día excluye a miles de familias. Por ello consideramos al derecho a la protesta como el más importante de los derechos, siendo el que permitió el nacimiento de otros también importantes. Como juristas comprometidos con los Derechos Humanos, poniendo nuestra profesión al servicio de los más humildes y desprotegidos instamos al respeto absoluto del mismo.

 

JURISTAS POR LOS DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE GÉNERO

 

Contacto:

 

Dr. Javier Alamino (264 503-4917)

 

Dr.Federico Sanna Baroli (264 415-8326)

 

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