LA HORA DE LAS INSTITUCIONES
Corría el año 2000 en Zimbabue. El maestro de ceremonia Chawawa tenía que elegir el billete que ganaría la lotería nacional organizada por un banco estatal. La lotería estaba abierta a todos los clientes que habían mantenido cinco mil o más dólares en sus cuentas durante diciembre del 1999. Cuando Chawawa sacó el billete, se quedó estupefacto. Tal y como señaló la declaración pública del Banco de Zimbabue: «El maestro de ceremonias Chawawa no podía creer lo que veían sus ojos cuando le pasaron el billete para el premio de los cien mil dólares y vio que estaba escrito «su excelencia el Sr. Presidente de Zimbabue Robert M. Mugabe» (ex Dictador de Zimbabue entre 1980 y 2017) El billete de lotería era solamente una indicación más que en Zimbabue las Instituciones no funcionaban.
Con la convocatoria a cubrir la vacante de Ministro de la Corte de Justicia de San Juan, sin una Ley o un reglamento que contemple criterios de valoración objetiva de los postulantes, transparencia y publicidad de tan importante acto de gobierno, quien resulte nombrado nuevo miembro de la Corte de Justicia de San Juan será aquel que tenga de ante mano el «billete ganador de la lotería».
El actual funcionamiento del Consejo de la Magistratura afecta seriamente la calidad Institucional de San Juan, más precisamente la Independencia del Poder Judicial, la credibilidad e independencia de los jueces (su autonomía) y el respeto por sus decisiones (aunque nos perjudiquen).
Se va a nombrar en tan relevante cargo a una persona (en una terna) que debe contar con un elevado concepto moral y altísima idoneidad técnica. Ello es así porque la «cabeza del Poder Judicial», encargado de interpretar la Constitución, debe ser integrado por personas que gocen de la más amplia confianza social y prestigio moral, ya que le comprenderá juzgar y sancionar sobre la libertad, el patrimonio, la privacidad, los derechos económicos y sociales y de incidencia colectiva (ambiental) de los sanjuaninos.
El concurso para integrar la Corte de Justicia, tal como está diseñado, no premia la idoneidad ni asegura la independencia de poderes, sino el control del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo. La terna que surja del Consejo de la Magistratura debe garantizar la independencia del Poder Judicial, concibiendo a la Corte de Justicia como un «contra poder» y no parte del «poder».
Por ello el Foro de Abogados peticiona a los representantes de los poderes públicos que integran el Consejo de la Magistratura que garanticen: 1º) Publicidad de los antecedentes de cada postulante; 2º) Voto fundado, por escrito y publicado de los postulantes ternados; 3º) Determinación de un orden de mérito sobre la base de criterios de evaluación objetiva (puntaje por antecedente, entrevista y oposición).
Una vez conformada y enviada la terna de postulantes a la Legislatura Provincial, a los Diputados peticionamos que convoquen, previamente a la designación del nuevo Cortista, a una audiencia pública que permita a la ciudadanía conocer aspectos relativos a la trayectoria profesional y académica de los ternados, sus compromisos públicos y privados que tuvieren, la concurrencia de los requisitos establecidos en la Ley de ética y del cumplimiento de sus respectivas obligaciones impositivas, su compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos. También peticionamos que, luego de efectuada la audiencia pública, se permita a los Diputados conocer en forma oportuna las razones y objeciones que un particular o institución pueda tener respecto del nombramiento a producir. Finalmente, votar sin dejar de considerar especialidades profesionales y la integración de cuerpo colegiado por diversidades de género.
Pero fundamentalmente, sin alterar las condiciones establecidas por la Constitución Provincial, al Consejo de la Magistratura y a la Cámara de Diputados peticionamos que regulen las condiciones que se relacionen con la idoneidad, estableciendo incompatibilidades éticas (no como condiciones propiamente dichas) y resuelvan auto-limitar sus facultades constitucionales, estableciendo una incompatibilidad ética insalvable para aquellos aspirantes que hubieren intervenido en la vida política partidaria en los últimos diez años, como funcionario electo o no, entendiendo que aquellos se encuentran directa y estrechamente relacionados con intereses de grupo, por su pertenencia o dependencia política con quien detenta el poder de turno; haciendo extensivo tal incompatibilidad por relaciones de parentesco o amistad.
San Juan en calidad Institucional no está a la altura de un régimen republicano de gobierno. Los poderes públicos tienen la oportunidad histórica de revertir la crisis que afecta al Poder Judicial con el único patriotismo admisible en una democracia: El patriotismo constitucionalista.
Foro de Abogados de San Juan.